Ayudas destinadas a la modernización e innovación digital del sector de las artes visuales, mediante el apoyo al desarrollo de inversiones de innovación digital llevadas a cabo por galerías de arte con sede en territorio español o artistas visuales, críticos y comisarios residentes en dicho territorio.
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de marzo de 2021. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado a más tardar el 30 de abril de 2021. No serán gastos subvencionables los honorarios del personal contratado de manera habitual por la galería o por el artista plástico, crítico o comisario (asistentes, gestores, contables…).
Se considerarán como gastos subvencionables los siguientes: Adquisición de equipos informáticos, adquisición de programas de software, desarrollo y creación de páginas web, desarrollo y creación de aplicaciones para dispositivos móviles, modernización de páginas web, modernización de aplicaciones para dispositivos móviles, desarrollo de herramientas de ecommerce.