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Abierta la convocatoria de ayudas destinadas a incentivar la internacionalización de la actividad económica de Extremadura para el ejercicio 2017/2018

A través de la Orden de 26 de septiembre de 2017.

A través de la Orden de 26 de septiembre de 2017, se abre la convocatoria de ayudas destinadas a la internacionalización de la actividad económica de Extremadura, de las siguientes líneas de actuación:

a) Internacionalización de la empresa extremeña.

b) Sostenimiento de los gastos de la estructura de gestión común de las sociedades de comercialización.

c) Contratación de técnicos en comercio exterior.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de servicios, que tengan actividad económica en Extremadura, y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los establecidos en el presente artículo para cada una de las líneas de ayuda.

Para las ayudas de Internacionalización de la empresa extremeña, las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles, con un importe máximo de ayuda de 25.000 euros.

Para el sostenimiento de la estructura técnico-comercial de las sociedades de comercialización, las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos elegibles con un importe máximo de ayuda de 30.000 euros. En todo caso la ayuda estará limitada al resultado de multiplicar por 1,5 el coste ejecutado en las acciones de internacionalización contenidas en el plan anual.

Para la contratación de técnicos de comercio exterior, la ayuda consistirá en una subvención directa por importe de 30.000 euros que se abonará en tres anualidades de 15.000, 10.000 y 5.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año de contratación, sin que, en todo caso, se superen los gastos salariales y de seguridad social abonados. Estas ayudas se concederán una única vez por beneficiario.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el mismo día de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 31 de agosto de 2018, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Las solicitudes de ayudas se dirigirán al Secretario General de Economía y Comercio.

Fuente: D.O.E.

 

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