BUSCADOR GENERAL

Atrás

Ayudas destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la CCAA de Extremadura

Ayudas destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la CCAA de Extremadura
Finalidad de la ayuda:

Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social y del trabajo autónomo, como medida de promoción de la economía social y de fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021, con la finalidad de conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines que les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y de la actividad e intereses que representen.

A  tales efectos se contemplan dos líneas:
— Línea I: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social.
— Línea II: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.


Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 75.000,00 euros para la Línea I y de hasta 45.000,00 euros para la Línea II.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Cooperación
Sectores asociados:
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:
Gastos subvencionables:

Son subvencionables los siguientes gastos generales de funcionamiento, siempre que se realicen en el periodo subvencionable, que comprenderá desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de octubre del mismo año, y estén relacionados con la naturaleza de su actividad y la consecución de los fines que les son propios a las entidades beneficiarias:

a) Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.

b) Gastos de viaje.

c) Arrendamientos y cánones.

d) Reparaciones y conservación de las sedes oficiales.

e) Servicios profesionales independientes.

f) Primas de seguros.

g) Publicidad, propaganda y relaciones públicas.

h) Material de oficina, fotocopias e imprenta.

i) Comunicaciones.

j) Gastos de suministros eléctricos, de telefonía y de agua.

k) Cuotas tanto de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales, hasta una cuantía máxima del setenta y cinco por ciento de las cuotas abonadas.
La cuantía de la subvención por los gastos de viaje señalados en la letra b) anterior será, como máximo, la fijada en el Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
 
La financiación de los medios humanos únicamente podrá ser objeto de subvención hasta el importe de las retribuciones básicas y complementarias fijadas por jornada real de trabajo para los correspondientes grupos profesionales, establecidos anualmente por los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A tal efecto, se deberá especificar en las nóminas aportadas como justificante de gasto y pago, la especialidad/categoría profesional en función de la cual se encuentra el personal contratado.

En todo caso, serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en la resolución de convocatoria, en los términos establecidos en el artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
Órgano gestor
Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales Paseo de Roma, S/N. Módulo E, 2ª Planta. 06800 Mérida juangabriel.montero@juntaex.es 924005288
http://www.juntaex.es/con03/direccion-general-de-cooperativas-y-economia-social
Recursos de la subvención o ayuda
Base reguladora ORDEN de 1 de agosto de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Convocatoria 2021 RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021.

Información de la ayuda

Te puede interesar

Programas relacionados