BUSCADOR GENERAL

Ayudas para la internacionalización de la actividad económica de Extremadura

Contratación de técnicos en comercio exterior
Finalidad de la ayuda:

Serán subvencionables los contratos de técnicos en comercio exterior que se realicen por un periodo mínimo de 3 años.
Se establecen las siguientes condiciones específicas de subvencionabilidad:
a) La contratación responderá indubitadamente a unos objetivos definidos y a un plan de internacionalización a ejecutar por la empresa.
b) El técnico contratado deberá poseer titulación universitaria de grado medio o superior o título de grado superior en comercio internacional de la formación profesional, así como acreditar formación en comercio exterior y/o una experiencia en este ámbito de, al menos, 6 meses. Además deberá acreditar el dominio de un idioma distinto del castellano, bien porque sea su lengua materna o por estar en posesión de un certificado de nivel B2 del Marco Europeo de las Lenguas Extranjeras, o equivalente.
c) El contrato tendrá carácter laboral, a tiempo completo y de duración mínima de 3 años. En el caso de que el contrato sea rescindido, el beneficiario podrá continuar recibiendo subvención por la contratación de otro técnico en sustitución del cesante. En tal caso, el beneficiario estará obligado a cubrir la vacante en el plazo
de tres meses a contar desde la fecha de baja del contrato en la Seguridad Social.
Son motivos directos de exclusión la contratación de técnicos:
a) Que hayan trabajado en la empresa durante el año anterior a la fecha de firma del contrato;
b) Que sean familiares de primer o segundo grado del personal directivo, de los miembros de los órganos de administración o de las personas físicas con participación en el capital de la empresa. En el caso de que el solicitante sea un consorcio de exportación, la exclusión se extiende tanto al consorcio como a sus
miembros. En el caso de clusters, la exclusión se refiere a los lazos de parentesco con los cargos de dirección o miembros de los órganos de administración.
 

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Organismos, Cooperativa
Podrán ser beneficiarios las empresas y sus agrupaciones, incluyendo los consorcios de exportación y los clusters, así como las sociedades de comercialización.
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual y Cooperación
Sectores asociados:
Agroalimentario, Comercio, Construcción, Energético, Industria, Servicios, Turismo, Otros
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:

Gastos elegibles:
a) Serán elegibles los contratos formalizados desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de julio de 2020.
b) Condiciones de elegibilidad:
  b1) La contratación de técnicos en comercio se realizarán por un periodo mínimo de 3 años. En caso de rescisión del contrato, se deberá cubrir la vacante en el plazo de 3 meses.
  b2) La contratación atenderá a un plan de internacionalización de la empresa
  b3) El técnico contratado debe acreditar formación y/o experiencia en comercio exterior y el dominio de un idioma distinto del castellano, en los términos que indica el apartado 1 letra b del artículo 28 del decreto de las bases reguladoras.
  b4) Quedan excluidas las contrataciones de técnicos que hayan trabajado en la empresa durante el año anterior a la fecha de firma del contrato, o que se encuentren vinculados al personal directivo, a los miembros de los órganos de administración o socios de la empresa solicitante.

 

Para la contratación de técnicos de comercio exterior, la ayuda consistirá en una subvención directa por importe de 30.000 euros que se abonará en tres anualidades de 15.000, 10.000 y 5.000 euros, respectivamente, para el primer, segundo y tercer año decontratación, sin que, en todo caso, se superen los gastos salariales y de seguridad social abonados.

Conceptos subvencionables:
Contratación de personal
Órgano gestor
Secretaría General de Economía y Comercio
Servicio de Comercio Paseo de Roma s/n. Mérida. Teléfonos_Servicio Comercio Interior: 924010854 (Badajoz) 927005645 (Cáceres) Teléfonos_Servicio Comercio Exterior: 924005302 /3814 (Mérida) comerciointerior@juntaex.es
http://www.gobex.es/comercioextremadura
Recursos de la subvención o ayuda
Modificación de Bases Reguladoras Decreto 218/2014, de 30 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 31/2014
Convocatoria 2019/20 EXTRACTO de la Resolución de 10 de septiembre de 2019, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la contratación de técnicos en comercio exterior para los ejercicios 2019 y 2020.
Base Reguladora Decreto 31/2014, de 11 de marzo
Modificación MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria de ayudas destinadas a incentivar la internacionalización de la actividad económica de Extremadura, para el ejercicio 2017/2018, al amparo del Decreto 31/2014, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la internacionalización de la actividad económica de Extremadura.

Información de la ayuda

Te puede interesar

Servicios relacionados