Compensar a las empresas colaboradoras en la etapa de prácticas no laborales de proyectos del programa de formación en alternancia con el empleo denominado Crisol-Formación aprobados al amparo de la Orden de 4 de octubre de 2018, según lo previsto en el capítulo II y en la sección segunda del capí-tulo III de la Orden de 26 de septiembre de 2019, por la que se establecen las bases regula-doras de la concesión de subvenciones destinada a dicho programa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura ( DOE n º 192 de 4 de octubre de 2019).
No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se excluyen como beneficiarias de las presentes ayudas las empresas de trabajo temporal.
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización de la etapa de prácticas no laborales por el último alumno/a participante, y, en todo caso, dentro del periodo de vigencia de la presente convocatoria (24 de junio de 2020)