Ayuda parcialmente reembolsable, que tiene por objeto potenciar la innovación en determinadas regiones españolas, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento. Concretamente: ayudas a la inversión inicial y a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras.
Novedad en abril 2020 Esta línea se extiende a todo el mapa de ayudas regionales desde el mes de abril de 2020.
Hasta entonces, las regiones admitidas son Andalucía, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana (se excluye la ciudad de Valencia ), Extremadura, Galicia y Región de Murcia, con las intensidades y límites reflejados en la tabla correspondientes.
Se financian los siguientes gastos elegibles:
La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación y mejora de capacidades en la empresa titular que realiza el proyecto.
Los costes de inversión en los siguientes activos materiales e inmateriales:
«activos materiales»: activos consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos, «activos inmateriales»: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial. En el caso de las grandes empresas, los costes de los activos inmateriales únicamente serán financiables hasta un límite del 50 % del total de los costes de inversión elegibles del proyecto para la inversión inicial.
Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado.
Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado):
Características del proyecto Sólo se apoyarán proyectos con desarrollo en determinadas regiones asistidas.
Presupuesto máximo: 30.000.000 euros.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos pertenecientes a todas las actividades productivas susceptibles de recibir ayuda, excepto aquellas excluidas según la normativa vigente (consultar ficha).
¿Puede recibir fondos de terceros? Sí. Los proyectos podrán ser cofinanciados con cargo al Instrumento Financiero del Programa Operativo FEDER Plurirregional de España (POPE).
¿Puede solicitar informe motivado? No.