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Subvenciones dirigidas a trabajadores autónomos y empresas, destinadas a la implantación en sus instalaciones o locales de atención a sus clientes, de medidas de prevención y protección frente al covid-19 (Provincia Badajoz)

Subvenciones dirigidas a trabajadores autónomos y empresas, destinadas a la implantación en sus instalaciones o locales de atención a sus clientes, de medidas de prevención y protección frente al covid-19 (Provincia Badajoz)
Finalidad de la ayuda:
subvenciones dirigidas a trabajadores autónomos microempresas y pequeñas empresas, para la implantación en sus instalaciones o locales de atención a sus clientes, de medidas de prevención y protección frente al COVID-19.

BENEFICIARIOS: trabajadores autónomos, microempresas y pequeñas empresas, con sede social y centros operativos en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes o en las entidades locales menores de la provincia de Badajoz, y que consten dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en algunos de los epígrafes que se relacionan en el anexo I de estas bases.

GASTOS SUBVENCIONABLES: aquellos realizados y pagados desde la entrada en vigor del estado de alarma (14 de marzo pasado) hasta el 30 de septiembre de 2020, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechable, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas de prevención y protección contra la transmisión de la epidemia en las instalaciones o locales de venta o atención al público de los beneficiarios.

Entre otros posibles de la misma tipología, serán subvencionables los siguientes:

  • Mamparas transparentes de metacrilato o de vidrio templado destinadas a establecer barreras entre los clientes o entre estos y los trabajadores de los locales.
  • Dispositivos y elementos de señalización de los locales, para facilitar el mantenimiento de la distancia entre usuarios y para orientar a estos sobre las medidas y precauciones que deben adoptar.
  • Termómetros infrarrojos portátiles para medir la temperatura corporal, sin contacto.
  • Desinfectantes de ozono.
  • Dosificadores automáticos o de pedal de gel hidroalcohólico o de jabón.
  • Dispensadores de papel toalla.
  • Secadores automáticos de manos.
  • Papeleras o contenedores de pedal, para el material desechable.

Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos, directamente relacionados con los fines referidos.

El plazo máximo para presentar las solicitudes en cada fase de la convocatoria abierta a contar desde el 04 de julio de 2020 es:

  • PRIMERA FASE: 1 MES
  • SEGUNDA FASE: 2 MESES

Para la presentación de las solicitudes se utilizarán los modelos normalizados e irán acompañadas de la documentación requerida en las bases. La presentación de solicitudes a través del registro electrónico podrá realizarse durante las veinticuatro horas de todos los días del plazo establecido.

En el supuesto de presentación electrónica la misma se realizará a través del Registro Electrónico ubicado en la página principal de Diputación de Badajoz en la dirección electrónica que a continuación se describe: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=ciudadanos

Todos los anexos se podrán descargar en la siguiente dirección web: 

http://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php

http://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc

PAGO DE LAS SUBVENCIONES: se hará efectiva en un único pago, tras la resolución de concesión, en el caso de los beneficiarios que ya tengan realizadas y pagadas las actuaciones para las que solicitan la subvención, o tras la justificación de los gastos y pagos realizados con cargo a la subvención, en el caso del resto de los beneficiarios.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:
IMPORTE: el solicitado por el peticionario (IVA EXCLUIDO) con una cuantía máxima de 500,00 € por autónomo o empresa.
Órgano gestor
Diputación de Badajoz
Secretaría General C/ Felipe Checa, 23 06071 Badajoz. Tfno.: 924 212 400
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
Recursos de la subvención o ayuda
Más información y enlace a la convocatoria Secretaría General C/ Felipe Checa, 23. 06071 Badajoz. Tfno.: 924 212 400 secregral@dip-badajoz.es

Información de la ayuda