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Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto

Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto
Finalidad de la ayuda:
Se convocan, para el año 2022, mediante régimen de concurrencia competitiva y con carácter plurianual, ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto, mediante convocatoria abierta con dos procedimientos de selección, reguladas en el artículo 24 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

Como parte del programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual del Componente 25 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) del Gobierno de España, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros, de 13 de julio de 2021, sobre la base de la propuesta aprobada por la Comisión Europea, el 16 de junio de 2021, estas ayudas plantean medidas para impulsar la producción de obras audiovisuales que empleen tecnologías innovadoras, como es el caso de las películas de animación, y proyectos liderados por mujeres en la parte de dirección, de manera que se dé respuesta a dos de los ejes vertebradores del programa Next Generation UE del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: La digitalización y salvar la brecha de género.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Organismos, Cooperativa
Ámbito de la ayuda:
Nacional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Cultura y Comunicación
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:
La dotación presupuestaria para estas ayudas es de 52.000.000 de euros, de los que 48.000.000 de euros, serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 4.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura».

Para el primer procedimiento de selección se reservarán 28.000.000 de euros, de los que 25.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 3.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura».

Para el segundo procedimiento de selección se reservarán 24.000.000 de euros, de los que 23.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 1.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura».

El importe sobrante del primer procedimiento podrá incorporarse íntegramente al segundo en el importe no comprometido.

En los términos previstos en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se prevé la posibilidad de fijar una cuantía adicional máxima de hasta 4.000.000 de euros para esta línea de ayudas, que no requerirá una nueva convocatoria, de los que 3.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 1.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura». No obstante, la cantidad que, en su caso, pudiera aplicarse, dependerá de las cuantías no dispuestas en otras convocatorias de ayudas imputables al mismo concepto presupuestario.

La efectividad de dicha cuantía adicional, conforme a lo establecido en el artículo 58.2.b) del mencionado Real Decreto, queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito antes de la resolución de concesión del primer procedimiento de selección.

Para el primer procedimiento de selección se reservarán 28.000.000 de euros, de los que 25.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 3.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura».

Para el segundo procedimiento de selección se reservarán 28.000.000 de euros, de los que 26.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al ejercicio 2022 y siguientes; y 2.000.000 de euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura».

El importe sobrante del primer procedimiento podrá incorporarse íntegramente al segundo en el importe no comprometido.

Del total de la dotación, incluida la cuantía adicional disponible del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura», se destina un mínimo del 35% para los proyectos realizados exclusivamente por directoras, conforme se determina en la Disposición final tercera de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, modificada por Orden CUD/464/2021, de 10 de mayo, y un mínimo del 10% a proyectos de animación.

No obstante, la cuantía adicional disponible en la aplicación del Programa 33YA, C25.I01 «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura» sólo podrá ser destinada a proyectos realizados exclusivamente por directoras y a proyectos de animación que cuenten con un plan de sostenibilidad de la empresa o para el proyecto, conforme a las reservas señaladas para estos proyectos en el párrafo anterior.

El importe máximo de la ayuda no podrá ser superior a:

1.400.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 8.000.000 de euros.

1.200.000 euros por proyecto beneficiario, siempre que el coste reconocido al largometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sea, al menos, de 5.000.000 de euros.

1.000.000 de euros por proyecto beneficiario, siempre que dicho importe no supere el 40% del coste reconocido al largometraje tal como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, o que dicho importe no supere el 50% del coste reconocido para aquellos proyectos que puedan alcanzar una intensidad máxima del 75% y del 80% del coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre.

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales estima que esta actuación contribuirá al menos en un 10% a la consecución del objetivo CID de la Inversión 1 del Componente 25 (objetivo 366), que pretende apoyar a un mínimo de 100 PYMES del sector audiovisual en su digitalización, promoción de la igualdad de género, internacionalización y atracción de inversión extranjera directa en el marco del programa general. En concreto, con esta convocatoria de ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto de 2022 se va a beneficiar, al menos a 10 PYMES, de las que al menos 7 serán PYMES que produzcan proyectos dirigidos exclusivamente por mujeres y al menos 3 serán PYMES que produzcan proyectos de animación. Esta línea de ayudas contribuirá asimismo en un 30% a la consecución del objetivo CID intermedio de dar apoyo a 30 PYMES en el plazo del último trimestre de 2022.

Órgano gestor
ICAA. Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual. Plaza del Rey, número 1- 28071 Madrid Teléfono: 917017000 ext. 37196 Fax: 917017401
http://www.mcu.es/cine/
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