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Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI)

Subvenciones establecidas para el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras
El plazo de presentación será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto.
Finalidad de la ayuda:
El programa de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) tiene como objeto mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas. Para ello prevé apoyar con recursos públicos las estrategias de innovación y competitividad empresarial desarrolladas por parte de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) que se reconozcan como tales como consecuencia de su inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio.

Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa podrán ser los siguientes:

Línea 1. Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras
Podrán optar a las ayudas que se convoquen a través de esta línea las AEI incipientes, considerando como tales las recientemente constituidas, en proceso de consolidación, con una antigüedad de un máximo de 4 años desde su fecha de constitución.

Línea 2. Estudios de viabilidad técnica.
Los estudios que se presenten a través de esta línea estarán enfocados a la definición de proyectos destinados a ser presentados a futuras convocatorias de los siguientes programas:

El programa de Apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras a través de la Línea 3 de “Proyectos de Tecnologías Digitales” definidos en el artículo 8.
El programa marco de investigación e innovación de la UE para el periodo 2021-2027, “Horizonte Europa”.
Línea 3. Proyectos de Tecnologías Digitales.
Los proyectos presentados en este epígrafe deberán incorporar conocimientos y/o tecnologías que promuevan la transformación digital de las empresas que los llevan a cabo en el marco de las siguientes categorías:

Actividades de investigación industrial.
Actividades de desarrollo experimental.
Innovación en materia de organización.
Innovación en materia de procesos.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Organismos
Beneficiarios: Las asociaciones empresariales innovadoras que se encuentren inscritas en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y para las actuaciones en colaboración, además de las AEIs inscritas en el mencionado Registro, también los miembros de las mismas.
Ámbito de la ayuda:
Nacional
Modo de participación:
Individual y Cooperación
Sectores asociados:
Agroalimentario, Industria, Servicios, Turismo
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:

Las cuantías máximas para cada proyecto o actuación para la convocatoria AEI 2021 enmarcada en el Marco del Plan de Recuperación serán las siguientes:

Línea 1 - En las actuaciones financiadas con cargo a esta Línea se podrá subvencionar hasta el 50 por ciento de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima de 70.000 euros para las actuaciones a las que se refiere el artículo 6, Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

Línea 2 - En las actuaciones financiadas con cargo a esta Línea se podrá subvencionar hasta el 50 por ciento de los gastos considerados subvencionables, hasta una cuantía máxima 50.000 euros para las actuaciones a las que se refiere el artículo 7, Estudios de viabilidad técnica. Este límite podrá incrementarse hasta 70.000 euros si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante.

Línea 3 – En las actuaciones financiadas con cargo a esta línea:

En las actividades de investigación industrial la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 50 por ciento de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 80 % de los costes subvencionables:
En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
En 15 puntos porcentuales en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta. Hasta una cuantía máxima de 450.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a investigación industrial. Este límite podrá incrementarse hasta 500.000 euros, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
En las actividades de desarrollo experimental la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 25 por ciento de su base subvencionable. Este porcentaje podrá aumentarse en los siguientes supuestos hasta alcanzar un máximo del 60 % de los costes subvencionables:
En 10 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una mediana empresa.
En 20 puntos porcentuales en el caso de que el participante sea una pequeña empresa.
En 15 puntos en el caso de que los resultados del proyecto se difundan ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
Hasta una cuantía máxima de 400.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a desarrollo experimental. Este límite podrá incrementarse hasta 450.000 euros, si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante.
En las actividades de innovación en materia de organización y en las actividades de innovación en materia de procesos la subvención que podrá recibir cada beneficiario podrá llegar al 50 por ciento de su base subvencionable en el caso de las PYMES, y al 15% en el caso de las grandes empresas, siempre y cuando las grandes empresas colaboren de manera efectiva con PYMES y si las PYMES corren con un mínimo del 30% del total de los costes subvencionables.

Hasta una cuantía máxima de 200.000 euros si el proyecto corresponde al desarrollo de una actividad innovadora relativa a innovación en materia de organización o innovación en materia de procesos. Este límite podrá incrementarse hasta 250.000 euros si participan 2 o más AEI, incluyendo a la AEI solicitante, o si participan 3 o más PYMES, sin contar a la AEI solicitante. 

La cuantía total de la subvención que se conceda a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la convocatoria, es de 8.000.000 euros.

 

Conceptos subvencionables:
Inversiones TIC ( tecnológicas de la información y comunicaciones)
Órgano gestor
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Paseo de la Castellana, 162 28046 Madrid
http://www.mincotur.gob.es/es-ES/Paginas/index.aspx
Recursos de la subvención o ayuda
Convocatoria Extracto de la Orden de 16 de febrero de 2022 por la que convocan las ayudas establecidas para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras con objeto de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, correspondientes al año 2022.

Información de la ayuda