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Incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social

Incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social
Finalidad de la ayuda:

Línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas dedicadas a la actividad industrial y que realicen inversiones en activos fijos que supongan un fuerte impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de este decreto.
La finalidad de estas ayudas será:
— Fomentar la realización de inversiones que contribuyan al desarrollo regional y a la creación de riqueza.
— Apoyar la creación de nuevas empresas.
— Crear nuevos puestos de trabajo.

Toda empresa beneficiaria deberá hacer una aportación financiera mínima al proyecto del 25 % de los costes subvencionables, bien mediante sus propios recursos o bien mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública.

Toda inversión o coste derivado de un proyecto subvencionado deberá realizarse con fecha posterior a la de presentación de la solicitud de la ayuda y a la de haberse acreditado el no inicio de las inversiones, con excepción de los realizados para la adquisición de los terrenos donde se vaya a ejecutar y los trabajos preparatorios como la obtención de permisos y la realización de estudios previos de viabilidad.

El importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable será de 50.000.000 euros.

El proyecto subvencionado deberá crear un mínimo de 100 nuevos puestos de trabajo indefinidos directos, incluidos en su caso, el personal fijo discontinuo.

A efectos de este cómputo se tendrán en cuenta las UTAs (Unidades de Trabajo Anual) del personal indefinido que tenga en plantilla la empresa en el centro de trabajo subvencionado en el momento de solicitarse el tercer pago de la subvención.

El proyecto deberá realizarse en terrenos calificados como suelo industrial en la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Gran Empresa
Serán beneficiarias las personas jurídicas titulares de empresas que realicen, o vayan a realizar, actividades industriales. Se entenderá por actividad industrial toda aquella que esté incluida en las divisiones o grupos que se indican en el anexo I de este decreto de acuerdo con la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 (Reglamento (CE) número 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006). Sin perjuicio de lo anterior, quedan excluidas todas aquellas actividades industriales consideradas sensibles por la Unión Europea para lo cual se tendrán en cuenta las directrices sectoriales específicas así como las normas y criterios de la Unión Europea que afecten a esos sectores considerados sensibles. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas públicas y las participadas mayoritariamente por éstas.
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Industria
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:

La cuantía de la subvención se determinará aplicando un porcentaje fijo del 11 % a la inversión considerada como subvencionable. Tratándose de grandes empresas la subvención concedida se limitará a los costes netos extra de ejecutar la inversión en Extremadura, frente a la situación de otra localización distinta.

No obstante lo anterior, la cuantía de la subvención máxima a conceder por proyecto de inversión será de 44.000.000 €.

Las empresas beneficiarias de estas ayudas podrán obtener otras ayudas para el mismo proyecto de inversión subvencionado provenientes de cualquier Administración pública, local, regional, nacional o comunitaria.

En ningún caso la intensidad de las ayudas que se concedan a este mismo proyecto de inversión podrá superar el nivel máximo permitido por la normativa comunitaria aplicable a la Comunidad Autónoma de Extremadura (la Decisión de la Comisión Europea C (2014) 3157 final o las que puedan sustituirla, modificarla o complementarla). No se deberán acumular con ayudas de mínimis si tal acumulación diera lugar a una intensidad de ayuda o a un importe de ayuda superior a ese nivel máximo permitido.

La intensidad máxima de la ayuda autorizable a cada proyecto será calculada de antemano por la primera autoridad otorgante.

Conceptos subvencionables:
Obras e instalaciones, Activos fijos (Maquinaria y/o bienes de equipo)
Órgano gestor
Dirección General de Empresa
Paseo de Roma s/n. Mérida Tel: 900 107 360 extremaduraempresa@juntaex.es
https://extremaduraempresarial.juntaex.es
Recursos de la subvención o ayuda
Convocatoria ORDEN de 26 de septiembre de 2018 por la que se realiza la convocatoria de ayudas acogidas al Decreto 184/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece régimen de incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Base Reguladora DECRETO 184/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece un régimen de incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Modificación de base reguladora DECRETO 125/2018, de 1 de agosto, por el que se modifica el Decreto 184/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece un régimen de incentivos a la inversión empresarial en actividades industriales con gran impacto económico y social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Información de la ayuda