Ayudas excepcionales a las artes escénicas en el ámbito del teatro y el circo en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de las competencias de este organismo y como consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19, tal y como se recoge en el Real Decreto Ley 17/2020, de 5 de mayo. La presente convocatoria también tiene por objeto las ayudas correspondientes a proyectos culturales cuya ejecución finalizó completamente antes de la entrada en vigor del estado de alarma (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) que se regirán por la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Las modalidades de ayuda que se convocan son las que a continuación se enumeran:
A. Línea de apoyo al mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas
A1. Ayudas para proyectos integrales empresariales a empresas privadas productoras de actividades de artes escénicas (teatrales y circenses).
A2. Ayudas a entidades sin ánimo de lucro responsables de artes escénicas (teatrales y circenses).
A3. Ayudas a empresas y fundaciones privadas gestoras de salas de teatro y circo responsables de programaciones escénicas de teatro, circo y artes escénicas de calle y/o responsables de proyectos estables de creación, exhibición, investigación y formación en teatro, circo y artes escénicas de calle.
A4. Ayudas a federaciones, confederaciones y asociaciones profesionales de artes escénicas (teatrales y circenses) de ámbito estatal y proyección internacional.
B. Línea de apoyo a las actividades escénicas y proyectos culturales (teatrales y circenses).
B.1 Ayudas a giras nacionales e internacionales, giras de coproduccionesinterautonómicas y producciones en el extranjero.
B.2 Ayudas a programaciones escénicas, residencias artísticas y actividades de investigación y formación promovidas por salas privadas.
B.3 Ayudas a festivales, ferias, muestras, circuitos y otros eventos de carácter teatral y circense.
El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 21.383.648 euros.
La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 90 por ciento del coste total del proyecto, actividad o estructura. En el caso de que el peticionario fuera una entidad local, esta cuantía máxima no podrá superar el 65 por ciento del coste total. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:
Modalidades/Cuantía máxima individual (€)
A1/300.000
A2/200.000
A3/250.000
A4/100.000
B1/150.000
B2/150.000
B3/250.000