La finalidad principal es mejorar la productividad y competitividad mediante la aplicación de conocimientos y nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y comercial.
Se considerarán subvencionables los gastos asociados a la redacción de proyectos y los servicios de tienda online, marketplaces y portales de empresa, marketing online y proveedores de servicios de pago, en una cuantía que podrá oscilar entre el 50 y el 80 por ciento.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los autónomos o asimilados y las PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
También podrán acceder a la condición de beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que aun careciendo de personalidad jurídica propia puedan llevar a cabo los proyectos para los que se destinan las ayudas.