Subvenciones en el ejercicio 2022 para la realización de actuaciones que permitan fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
El periodo subvencionable comprenderá desde el día 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022 (a las 23,59 horas local de ese día), y se circunscribirá al ámbito geográfico previsto en el apartado Cuarto de la convocatoria.
Beneficiarios.
a) Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión.
b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.
A los efectos de esta convocatoria, se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa mayor o igual del 10%.
La participación extranjera en el capital de la empresa beneficiaria no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal de acuerdo con la normativa española.
En cuanto a los beneficiarios, todos los proyectos y actuaciones definidos podrán realizarse conforme a una de las siguientes modalidades:
a) Proyecto o actuación individual: realizados por una sola entidad siendo ésta cualquiera de las citadas como beneficiarias. Estos proyectos podrán contar, en todo caso, con subcontrataciones, en los términos previstos en el apartado noveno.
b) Proyecto o actuación en cooperación: aquellos en cuyo desarrollo participen más de una empresa de capital extranjero y cuyas relaciones estén formalizadas documentalmente mediante un contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes. Estos proyectos podrán contar con subcontrataciones de acuerdo con lo previsto en el apartado undécimo.
La empresa participante deberá cumplir con la no consideración de empresa en crisis.
Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y las obligaciones establecidos en el "Documento que Establece las Condiciones de las Ayudas (DECA)" que se adjuntará al Comunicado de Aprobación de la Ayuda.
La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas en la presente convocatoria será de tres millones de euros (3.000.000 euros).