Para todas aquellas operaciones formalizadas antes del 31 de diciembre de 2020 en la línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los autónomos y pymes que tengan su domicilio social o centro productivo en Extremadura, con dificultades de liquidez ocasionadas por la caída de ingresos o de acceso al crédito debido a la situación de emergencia producida por el COVID-19. Además, en la línea de Microcréditos Circulante COVID-19, entre la fecha de inicio de su actividad y la fecha de formalización de la operación no podrá haber trascurrido más de cinco años.
Plazo de formalización de las operaciones subvencionables. Serán subvencionables todas aquellas operaciones que, atendiendo a las peculiaridades de cada programa, sean formalizadas a partir de la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y hasta el 30 de junio de 2021.
Para todas aquellas operaciones formalizadas antes del 30 de junio de 2021 en la línea de línea de Microcréditos Circulante COVID-19, con cargo al Fondo de cartera Jeremie Extremadura 2, se subvencionarán las comisiones de apertura y los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2022.
Hasta 1.220 euros.
La presente subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no superen las cuantías concedidas el coste total de las actuaciones subvencionadas. La superación de dicha cuantía será causa de reintegro de las cantidades percibidas en exceso.