La Diputación Provincial, de conformidad con el Presupuesto del Ejercicio 2020, pretende, mediante subvenciones corrientes a profesionales de la cultura, apoyar y fomentar el desarrollo de actividades culturales a través de la financiación de gastos derivados de su actividad por tratarse de un sector especialmente castigado por la situación que se vive derivada de la pandemia COVID-19.
La finalidad de las ayudas recogidas en la presente convocatoria es la de mitigar el daño ocasionado por el cese de actividad debido al COVID-19, y, en definitiva, incentivar y promover la empleabilidad del sector evitando que estos profesionales, pasen a encontrarse en situación de desempleo al no poder hacer frente a los gastos propios del mantenimiento de su actividad.
Así, los/las destinatarios/as finales de las ayudas son las personas físicas con residencia personal y fiscal en la provincia de Cáceres y con actividad profesional de artista. dados de alta en alguno de los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas o del IAE recogidos en el ANEXO I de la presente convocatoria con fecha anterior al 1 de enero de 2020.
Podrán solicitar estas ayudas los/as artistas que cumplan los siguientes requisitos:
- Residir en la provincia de Cáceres
- Tener domicilio fiscal en la provincia de Cáceres,
- Estar dado/a de alta en alguno de los epígrafes reseñados en el ANEXO I de la presente convocatoria con fecha anterior al 1 de enero de 2020.
Y, además, que no se encuentren incursos/as en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.
Podrán ser objeto de las ayudas el mantenimiento de la actividad como profesional de la cultura a lo largo del periodo de ejecución, siempre que los artistas no ejerzan ninguna otra actividad laboral o profesional y no perciban, por cualquier otro concepto diferente al ejercicio profesional de artista, rentas anuales superiores a 8.000 euros netos.
Cada artista sólo puede presentar una solicitud.
Se concederá una ayuda a cada beneficiario/a por importe de 2.400 euros (DOS MIL CUATROCIENTOS EUROS).
Si el/la solicitante lo hiciera por inferior cuantía, se le concederá el importe solicitado.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.