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Programa de ayudas en el ámbito de la activación de la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas

Programa de ayudas en el ámbito de la activación de la demanda para la mejora de la eficiencia energética y accesibilidad en viviendas
Finalidad de la ayuda:

PROGRAMA DE AYUDAS
REACTIVA EXTREMADURA

Accede a toda la información sobre las subvenciones para PYMES y autónomos, y descuentos para consumidores que ayuden a reactivar la economía de Extremadura

Dar apoyo a los gastos operativos y corrientes contraídos por las entidades beneficiarias en un contexto sobrevenido de pandemia de la COVID-19, para satisfacer sus necesidades de liquidez. Asimismo, se pretende activar la demanda mediante la aplicación de los descuentos que se indican en cada Programa de ayudas de manera que se incrementen los intercambios comerciales, aumentando las ventas de las pymes y mejorando de esta forma sus cifras de negocio, lo que contribuirá a generar empleo y riqueza en la región.

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Pyme
Destinatarios: Personas físicas o jurídicas que tengan la consideración de PYMES según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, incluyendo las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica, que dispongan de, al menos, un establecimiento de venta en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y cuyas actividades se enmarquen en uno de los epígrafes correspondientes a las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que se establecen en el presente Decreto-ley para cada uno de los Programas de ayudas.
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:

El importe de la ayuda para cada línea será de una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta. De tal forma que en el supuesto de que una misma beneficiaria hubiera hecho constar en la solicitud que dispone de más de un establecimiento de venta, le corresponderá dicho importe por cada uno de los establecimientos incluidos en la solicitud.

Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica, en el momento de realizar la venta, de un descuento en el precio final, con IVA excluido, del 40 %, en los bienes que, a continuación, se indican, los cuales deberán ser instalados por instaladores autorizados y además, para el caso de la línea de accesibilidad en viviendas, instalados en edificios residenciales tanto unifamiliares como residenciales, con la excepción de elevadores que serán instalados sólo en viviendas unifamiliares:
— Línea de eficiencia energética en viviendas
1.1. Aislamiento de fachadas:
a) Bienes y/o productos:
— Sistemas de aislamientos exterior y/o interior.
— Insuflado dentro de las cámaras.
b) Características técnicas:
— Conductividad térmica específica menor o igual a 0,04W/mK.
1.2. Aislamiento de cubiertas:
a) Bienes y/o productos:
— Material necesario para modificar el sistema de cubierta y dotar a esta de un aislamiento de al menos 6 cm de espesor.
— Material necesario para proyectado de la cara interior del forjado mediante un elemento aislante.
— Mantas de elementos aislantes dispuestas en el suelo de las plantas bajo cubiertas de aislamiento de al menos 6 cm de espesor.
b) Características técnicas:
El material suministrado para el aislamiento de cubiertas, deberá tener una conductividad térmica específica menor o igual a 0,04W/mK.
1.3. Sustitución de carpintería existente e instalación de doble ventana:
a) Bienes y/o productos:
— Ventanas y dobles ventanas con doble acristalamiento de aislamiento térmico reforzado.
b) características técnicas:
Transmitancia del marco U < 2 W/m2K
Transmitancia del vidrio U < 3 W/m2K
La carpintería metálica será con rotura de puente térmico (R.P.T.) e igualmente de PVC o madera siempre que su transmitancia sea menor a 2 W/m2K.
El vidrio será como mínimo doble con una transmitancia menor de 3 W/m2K.
1.4. Dispositivos de protección solar, concretamente:
a) Bienes y/o productos
Toldos a instalar en huecos de puerta y/o ventana para protección solar, con un sistema de montaje fijo al hueco a proteger.
b) Bienes y/o productos
Persianas enrollables exteriores, tanto de PVC como de aluminio, o madera que pueden estar además incorporadas en conjuntos de ventanas, o bien disponerse en huecos existentes.
Se incluyen además las persianas alicantinas.
Las formas de accionamiento que se recogen como presupuesto subvencionable serán cinta o cardan/manivela.
1.5. Instalaciones hidráulicas y/o sustitución de calderas individuales antiguas por calderas de condensación: a) Bienes y/o productos:
— Caldera de condensación ACS, con un rendimiento superior para su instalación en sustitución de calderas individuales antiguas.
— Estufas de biomasa
b) Características técnicas
Las calderas de condensación serán necesariamente alimentadas por gas.
1.6. Aparatos de aire acondicionado:
a) Bienes y/o productos
— Aparatos de aire acondicionado.
b) Características técnicas
Deberán estar calificados como clase energética mínima A+ tanto para calefacción como para refrigeración e, igualmente, contar con tecnología inverter.
1.7. Suministro hidráulico, grifería y sanitario:
a) Bienes y/o productos
— Griferías de lavabo, ducha, bidé y fregadero.
— Descargador de cisterna.
— Cisternas.
— Reductores de presión.
— Inodoros.
— Sustitución de bañeras o platos de ducha, por nuevos platos de ducha
b) Características técnicas:
— La grifería debe tener un caudal máximo de 5 l/min a una presión de 2,5 bar.
— Los descargadores de cisterna deben ser con doble pulsador.
— Las cisternas deben ser de 7 litros de volumen de descarga máxima.
— Los reductores de presión en deben garantizar una presión de servicio tarada.
— Los inodoros deben tener mecanismo de descarga (máximo 7 l / 4 l)
— Los platos de ducha preferiblemente deben quedar enrasados con el pavimento,  o, en su defecto, presentar un resalto no superior a 5 cm.
Presentarán cualidades antideslizantes y contarán con las pendientes de evacuación adecuadas.
— Línea de mejora de accesibilidad de personas con movilidad reducida, la venta de:
Bienes y/o productos:
- Plataformas y salvaescaleras.
- Materiales necesarios para la construcción/instalación de rampas prefabricadas de aluminio o acero.
- Elevadores en viviendas unifamiliares

 

 

Órgano gestor
Dirección General de Arquitectura y Calidad de la Edificación
SERVICIO DE ARQUITECTURA, CALIDAD Y EFICIENCIA ENERGÉTICA AVDA. DE LAS COMUNIDADES, S/N 06800 MERIDA esther.gamero@juntaex.es 924332056
https://ciudadano.gobex.es/buscador-del-directorio/-/directorio/ficha/4564
Recursos de la subvención o ayuda
Solicitudes y anexos SERVICIO DE ARQUITECTURA, CALIDAD Y EFICIENCIA ENERGÉTICA Teléfono: 924332056
Base reguladora Decreto-Ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria (DOE Nº144, de 27-07-20)

Información de la ayuda