Se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de modernización de las librerías independientes que tengan una de las siguientes finalidades:
Para las librerías:
La renovación tecnológica mediante, la creación o mejora de páginas web y otras herramientas o medios que permitan tanto una mejor relación entre la librería y el usuario como una mayor difusión de la oferta de libros y del fondo editorial del establecimiento y una venta on-line normalizada y competitiva; el desarrollo normal del teletrabajo; la adquisición de programas y software de gestión de ventas y stock de librerías que contribuyan a la conexión del establecimiento con CEGAL en RED-LIBRIDATA; la relación electrónica con la Administración.
La ejecución de obras en el establecimiento siempre y cuando supongan una clara mejora de su espacio cultural. Las obras deberán tener por finalidad mejorar la prestación del servicio, la accesibilidad del público lector a las instalaciones o adaptar la librería a los nuevos hábitos de compra y oferta de libros, potenciando las actividades en relación con los autores, traductores e ilustradores, y la creación literaria de calidad.
Para empresas distribuidoras:
Proyectos de inversión orientados a la mejora de los procesos de distribución y suministro de libros, que permitan hacer al canal más eficiente, generando ahorros de costes y nuevas oportunidades de ingresos para las librerías.
Las librerías independientes que en el momento de la publicación de esta convocatoria, reúnan los siguientes requisitos
Requisitos administrativos:
Tengan como actividad principal la venta de libros,
Dispongan de un establecimiento físico, abierto al público general.
Requisitos técnicos:
Tener físicamente en el establecimiento, a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en dicha materia concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500.
Las entidades, legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la convocatoria.
Las empresas distribuidoras, deberán estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 619.6 correspondiente a "Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas, y tener una facturación por libros, como mínimo, del 60% sobre su volumen total de facturación.
La presentación de las solcitudes se deberá realizar a través de la Sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte en el apartado de Procedimientos. Para la presentación de solicitudes será necesario disponer de un certificado electrónico, de persona física o jurídica, emitido por alguna de las autoridades reconocidas como emisoras de tales certificados.
La sede electrónica estará disponible a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y hasta las 14:00 horas del último día de presentación.
No obstante, los solitantes que sean personas físicas (autónomos), podrán optar por presentar su solicitud en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte, sito en Plaza del Rey número 1 (28004 Madrid), así como en cualquier otro Registro de la Administración u Organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El importe de la subvención será, como máximo, de 408.090 euros.