Beneficiarios:
Las personas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación del extracto de esta convocatoria 2020 en el «Boletín Oficial del Estado».
La cuantía máxima de la ayuda vendrá dada por el número de pantallas de que disponga cada sala de exhibición cinematográfica, con arreglo a los siguientes criterios:
b) 14.000 euros para complejos cinematográficos con 2 pantallas.
d) 26.000 euros para complejos cinematográficos con 6, 7 u 8 pantallas.