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Ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas

Ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Finalidad de la ayuda:

La finalidad principal de estas ayudas es contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Tendrán la condición de beneficiario los autónomos o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.

También podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
Las agrupaciones referidas en el párrafo anterior, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
En particular se admitirá que puedan acceder a la condición de beneficiario las uniones temporales de empresarios (UTEs), debiendo estar constituidas como tal en el momento de presentación de la solicitud, no pudiendo disolverse hasta que transcurra el plazo al que se extiendan las obligaciones derivadas de la subvención.

 

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Pyme, Autónomo/a
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:
Modalidades:

Serán subvencionables las siguientes modalidades de ayuda y cuantías asociadas a las mismas:


a) Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo.

- CONECTIVIDAD:

1.º Asistencia Técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación particularizado al teletrabajo”:
Asistencia técnica en elaboración de un Plan de adecuación particularizado al teletrabajo.
Intensidad máxima: 80%
Cuantía máxima: 600 euros

2.º Implantación de teletrabajo en la empresa:
Intensidad máxima: 80%
Cuantía máxima: 6.000 euros

- OFICINA EN LA NUBE: 

Costes Subvencionables

Servicio 1. Suscripción por cada puesto de usuario (Máximo por unidad 120,00 €)
Servicio 2. Sistema de gestión empresarial (ERP)
Servicio 3. Sistema de gestión de la relación con los clientes (CRM)
Servicio 4. Infraestructura como servicio
Servicio 5. Plataforma como servicio 
Servicio 6. Modernización de la equipación

Intensidad máxima: 80%
Cuantía máxima: 6.000 euros

b) Ayudas al Emprendimiento Digital.

- IMPULSO A LA IMPLANTACIÓN DIGITAL.


Serán subvencionables los siguientes servicios:
1.º Apoyo en la definición de planes de viabilidad de proyectos TIC.

Intensidad máxima: 80,00 %
Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

2.º Implantación de soluciones TIC

Intensidad máxima: 80,00 %

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

3.º Ampliación del conocimiento de la empresa

Intensidad máxima: 80,00 %

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

4.º Campañas de concienciación al tejido empresarial sobre las buenas prácticas y promoción del uso de las Tecnologías.

Intensidad máxima: 80,00 %

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

- CIBERSEGURIDAD.

1.º Asistencia técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de ciberseguridad” para la empresa.

Intensidad máxima: 80,00 %

Cuantía Máxima Subvencionable total 600 €

2.º Afianzamiento de la Ciberseguridad.

Intensidad máxima: 80,00 %

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000 €

Órgano gestor
Dirección General de Agenda Digital
Paseo de Roma s/n. Mérida. Teléfono: 924004445 / 8683 / 5724 extremaduradigital@juntaex.es
http://www.juntaex.es
Recursos de la subvención o ayuda
Base reguladora Orden de 9 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2020 RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Información de la ayuda