La finalidad principal de estas ayudas es contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19.
Tendrán la condición de beneficiario los autónomos o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
También podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. Las agrupaciones referidas en el párrafo anterior, deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular se admitirá que puedan acceder a la condición de beneficiario las uniones temporales de empresarios (UTEs), debiendo estar constituidas como tal en el momento de presentación de la solicitud, no pudiendo disolverse hasta que transcurra el plazo al que se extiendan las obligaciones derivadas de la subvención.
Serán subvencionables las siguientes modalidades de ayuda y cuantías asociadas a las mismas:
a) Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo.
- CONECTIVIDAD:
2.º Implantación de teletrabajo en la empresa: Intensidad máxima: 80% Cuantía máxima: 6.000 euros
- OFICINA EN LA NUBE:
Costes Subvencionables Servicio 1. Suscripción por cada puesto de usuario (Máximo por unidad 120,00 €) Servicio 2. Sistema de gestión empresarial (ERP) Servicio 3. Sistema de gestión de la relación con los clientes (CRM) Servicio 4. Infraestructura como servicio Servicio 5. Plataforma como servicio Servicio 6. Modernización de la equipación
b) Ayudas al Emprendimiento Digital.
- IMPULSO A LA IMPLANTACIÓN DIGITAL.
Serán subvencionables los siguientes servicios: 1.º Apoyo en la definición de planes de viabilidad de proyectos TIC.
Intensidad máxima: 80,00 % Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €
2.º Implantación de soluciones TIC
Intensidad máxima: 80,00 %
Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €
4.º Campañas de concienciación al tejido empresarial sobre las buenas prácticas y promoción del uso de las Tecnologías.
- CIBERSEGURIDAD.
1.º Asistencia técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de ciberseguridad” para la empresa.
Cuantía Máxima Subvencionable total 600 €
2.º Afianzamiento de la Ciberseguridad.
Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000 €