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Ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Finalidad de la ayuda:

Conceder ayudas a empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual para la producción de cortometrajes durante el  ejercicio 2022, con el fin de ayudar al asentamiento de la industria audiovisual en Extremadura mediante la financiación de los gastos que se generen en la realización de dichas producciones.


Destinatarios
Podrán acceder al régimen de ayudas cualquiera de las empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual que tengan la condición de independiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de  diciembre, del Cine, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), e inscritas previamente como tales en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.


 

Fase empresarial:
Consolidación
Beneficiarios:
Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Cooperativa
Ámbito de la ayuda:
Regional
Modo de participación:
Individual
Sectores asociados:
Cultura y Comunicación
Modalidad:
Ayuda directa
Alcance de la ayuda:

Gastos subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios para la realización de la producción audiovisual contenidos en el artículo 7 del Decreto 99/2014.

Los gastos considerados como coste de realización del cortometraje deberán estar comprendidos entre los treinta días anteriores al comienzo del rodaje y los sesenta días posteriores al final del mismo, siempre que los mismos estén comprendidos dentro del periodo de ejecución de la actividad subvencionable.

Importe de las ayudas:

La cuantía para cada beneficiario se establecerá en función de los puntos obtenidos en la comisión de valoración, estableciendo un porcentaje proporcional equivalente a los mismos y aplicado sobre el importe del presupuesto de producción, con las limitaciones indicadas en el presente artículo y del crédito presupuestado para tal fin.
En todo caso el total de las ayudas públicas, no podrá superar el 50% del coste de producción (IVA excluido), ni los 20.000 mil euros.
En el caso de productores individuales, con el límite previsto en el punto anterior, la ayuda máxima otorgada no superará la inversión del productor.
En el caso de las coproducciones, el solicitante deberá tener un porcentaje de titularidad de la producción audiovisual resultante equivalente al de subvención solicitada, o concedida si esta fuera inferior.

 

Conceptos subvencionables:
Promoción de artes escénicas y la música
Órgano gestor
Secretaría General de Cultura
Avda. Valhondo, s/n. Mérida Teléfono: 924007051
Recursos de la subvención o ayuda
Convocatoria 2022 RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
Orden de 16 de junio de 2020 (Covid-19) Orden de 16 de junio de 2020 por la que se establecen reglas para efectuar modificaciones en las bases reguladoras y en sus convocatorias vigentes para el 2020, de las subvenciones gestionadas por la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, afectadas por las consecuencias de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y por las medidas adoptadas en la declaración del estado de alarma.
Bases reguladoras Decreto 99/2014, de 3 de junio.

Información de la ayuda