Se convocan los Premios al fomento de la seguridad y salud en el trabajo de la Junta de Extremadura en su edición de 2020, a los que podrán optar las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que reúnan los requisitos exigidos para cada modalidad, de acuerdo con las bases reguladoras recogidas en el anexo I de esta orden. Las candidaturas se podrán presentar directamente por los candidatos o ser propuestas por otras personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, a favor de terceros.
Cada candidato podrá optar a una o varias categorías de los premios convocados, pero el Jurado solamente podrá conceder un premio en cada categoría por cada empresa, administración pública, entidad o persona que participe en la convocatoria. El jurado podrá conceder premios en cada categoría a los distintos tipos de candidatos: empresas, administraciones públicas, entidades y/o personas.
La Dirección General de Trabajo podrá proponer al Jurado, a favor de terceros, las candidaturas que considere de interés por su relevancia y valor social, para optar a premios especiales, independientes de las categorías incluidas en el anexo II de la presente orden, de reconocimiento de los méritos de las personas, empresas, administraciones públicas y/o entidades propuestas a favor de la Prevención de Riesgos Laborales en Extremadura.
1ª. PREMIO A LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SISTEMA DE GESTIÓN. Objeto: Premiar a las empresas, administraciones públicas y entidades que integren la PRL en su sistema organizativo y consigan bajos índices de siniestralidad laboral. Requisito: Empresas, administraciones públicas y entidades con centro/s de trabajo en Extremadura, que destaquen por su actividad preventiva y bajos índices de siniestralidad laboral. 2ª. PREMIO A LAS BUENAS PRÁCTICAS EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES APLICADAS EN EXTREMADURA. Objeto: Fomentar la aplicación de buenas prácticas en materia de PRL en las empresas, administraciones públicas y entidades de Extremadura. Requisito: Empresas, administraciones públicas y entidades con centro/s de trabajo en Extremadura. La práctica premiada debe haberse aplicado en un centro de trabajo ubicado en Extremadura y haber mejorado las condiciones de trabajo, en relación con la prevención de los riesgos laborales. 3ª. PREMIO A LA ACTIVIDAD INVESTIGADORA, DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES EN LA MEJORA DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que realicen actividades de investigación e innovación en Prevención de Riesgos Laborales para la mejora de las condiciones de seguridad y salud laboral en las empresas. Requisito: La actividad de investigación debe haberse desarrollado en Extremadura. 4ª. PREMIO A LA PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COMO VALOR FUNDAMENTAL EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL. Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que realicen una labor destacada en la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, como factor de competitividad y responsabilidad social empresarial.
Requisitos: Haber realizado en Extremadura actividades de promoción y difusión de la PRL en medios de comunicación social, redes sociales y/o mediante organización o participación en jornadas, premios o actos similares, como modo de promoción de la cultura preventiva en la sociedad extremeña. 5ª. PREMIO A LOS CENTROS DOCENTES Y UNIVERSITARIOS QUE INTEGREN LA FORMACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN LOS DISTINTOS NIVELES EDUCATIVOS. Objeto: Premiar las actividades fomento de la PRL en los centros docentes y universitarios, dirigidas tanto al profesorado como al alumnado, como forma de adquirir desde la infancia, y en todos los niveles educativos, la cultura preventiva necesaria para la prevención de accidentes y enfermedades que puedan producirse cuando se acceda a la actividad laboral. Requisito: Los centros docentes y universitarios deben estar ubicados en Extremadura. 6ª. PREMIO A LA TRAYECTORIA PROFESIONAL DESTACADA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Objeto: Premiar la trayectoria profesional de personas que hayan desarrollado su carrera profesional principalmente en Extremadura y que hayan destacado por su actividad e implicación en las actividades relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. Requisito: Haber desarrollado la carrera profesional un mínimo de 10 años en empresas, entidades o como profesional libre con domicilio social en Extremadura, realizando actividades especialmente relevantes relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. 7ª. PREMIO A LA PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD VIAL LABORAL. Objeto: Premiar a empresas, administraciones públicas, entidades y personas que destaquen por las actividades de promoción de la seguridad vial laboral, como forma de reducir los accidentes laborales ocasionados por el tráfico, tanto en jornada laboral como “in itinere”. Requisito: Empresas, administraciones públicas, entidades y personas que acrediten actuaciones relacionadas con el fomento de la seguridad vial laboral en Extremadura.
Los premios no van acompañados de dotación económica alguna, al tratarse de galardones de honor, y consistirán en diploma acreditativo y placa o figura conmemorativas.